CONTRATACIÓN DE PERSONAL

 

Este Ayuntamiento precisa cubrir un puesto de trabajo de UXILIAR DE CONSUMO, en régimen de contratación laboral en la modalidad de duración determinada eventual por circunstancias de la producción, con una duración máxima de seis meses.

Perfil del puesto de trabajo:
- Tener cumplidos los 18 años.
- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, FP-I o equivalente.

Presentación de solicitudes:
Se presentarán en el modelo oficial que se facilitará junto a las bases en el Registro Municipal, debiendo adjuntarse:
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia del título exigido en la convocatoria.
- Documentos señalados en la base 8ª que acrediten los méritos a valorar.
Se podrán presentar hasta el día 9 de octubre en el Registro General del Ayuntamiento, de 9 a 14 horas de lunes a viernes.

Procedimiento selectivo:
Las pruebas de selección consistirán en un concurso de méritos y una entrevista.

Realización de las pruebas:
El lugar, fecha y hora de celebración de los ejercicios de las pruebas selectivas se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como el orden de participación de los aspirantes.


BASES QUE HAN DE REGIR LA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN PUESTO DE AUXILIAR DE CONSUMO.-

1ª .- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El Objeto de la presente convocatoria es la contratación laboral en la modalidad de duración determinada eventual por circunstancias de la producción, de un puesto de Auxiliar de Consumo.

2ª .- DURACIÓN DEL CONTRATO.- seis meses.

3ª.- JORNADA Y TRABAJO A REALIZAR.- La jornada laboral será de treinta y cinco horas semanales, prestadas de lunes a viernes con flexibilidad horaria.
El trabajo a realizar consistirá en dar soporte administrativo a la OMIC y con carácter subsidiario la atención al público e inspección informativa de consumo.

4º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.-
a) Tener plena capacidad de obrar conforme lo dispuesto en el Código Civil.
b) Tener cumplidos 18 años el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, FP I o equivalente.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firma.

5ª .- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.-
La convocatoria y sus bases se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la Oficina del INEM de Guadalajara y en los medios de comunicación municipales.

6ª.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.-
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de la fecha de estas bases, e irán dirigidas al Sr. Alcalde y acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Fotocopia del título exigido en la convocatoria.
- Documentos señalados en la base 8ª que acrediten los méritos a valorar. (para tener en cuenta los méritos se debe reflejar mediante certificado expedido por el órgano o la empresa correspondiente el nº de horas de los cursos, así como el tiempo y jornada efectivas y la categoría en la que ha sido empleado/a.

Además los solicitantes deberán manifestar en las instancias que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los aspirantes que presenten las instancias y los documentos que las acompañan, en las Oficinas del Servicio de Correos, a tenor del artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán comunicarlo por fax al Ayuntamiento el mismo día de su presentación (número de fax del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares 949-263490), caso contrario se considerarán presentadas fuera de plazo si tuvieran entrada en el Registro General del Ayuntamiento en fecha posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7ª.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.-
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, mediante resolución, aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que será expuesta en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento para que, durante el plazo de los cuatro días naturales siguientes, los interesados puedan presentar reclamaciones sobre su exclusión o subsanación de errores. En el supuesto de que no existan excluidos o errores, la referida lista se elevará a definitiva sin más trámite.

8ª.- SISTEMA DE SELECCIÓN.- El sistema de selección consistirá en un concurso de valoración de méritos y una entrevista:

1º. CONCURSO: consistirá en la valoración de los méritos acreditados por los aspirantes según el siguiente baremo:
a) Por cada mes de experiencia laboral como trabajador en OMIC o servicios de cualquier organismo de consumidores y usuarios: 0,1 puntos, se valorará hasta un máximo de 3 puntos. Deberá acreditarse con fotocopia compulsada del contrato y certificado de prestación laboral expedido por la empresa en la que se hubieran prestado los servicios (caso de contrato laboral o prestación de servicios a tiempo parcial, se prorrateará proporcionalmente).
b) Por cursos realizados relacionados con el puesto de trabajo, con un máximo de 5 puntos:
¢ Máster en Derecho, Inspección y Artibraje de Consumo: 1,5 puntos.
¢ Diplomado en Consumo: 1 punto.
¢ Curso de Formación y Orientación Profesional sobre Consumo: 0,75 puntos.
¢ Curso de formador de formadores en materia de Consumo: 0,25 puntos.
¢ Curso de Monitores de Consumo: 0,25 puntos.
¢ Otros cursos relacionados con el puesto de trabajo, hasta un máximo de 0,75 puntos:
- de más de 20 horas: 0,15 puntos.
- entre 8 y 20 horas: 0,10 puntos.

2º.- ENTREVISTA: se puntuará hasta un máximo de 2 puntos.

9ª.- CALIFICACIÓN, RELACIÓN DE APROBADOS, PROPUESTA DE CONTRATACIÓN, PERÍODO DE PRUEBA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.-
La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el concurso de méritos y la entrevista.
La calificación de las pruebas serán expuestas en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
El Tribunal Calificador propondrá al Presidente de la Corporación la contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación final. En ningún caso el Tribunal podrá proponer más de un aspirante de los puestos convocados. El resto de aspirantes pasarán a forma parte de una bolsa de empleo por el orden de la puntuación obtenida.

En el contrato de trabajo se establecerá un período de prueba de un mes.
El aspirante propuesto presentará en el Ayuntamiento, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de exposición de las puntuaciones finales, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 4ª. Si dentro del plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presenta la documentación, o no reúne los requisitos exigidos, será contratado el siguiente aspirante por orden de puntuación, siempre que presente la documentación y reúna los requisitos exigidos.

10ª.- CALENDARIO DE LAS PRUEBAS.-
El lugar, fecha y hora de celebración de los ejercicios de las pruebas selectivas se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como el orden de participación de los aspirantes.

11ª.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- Estará compuesto de los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde o Concejal en quién delegue.
Vocales: - Un Concejal de la Corporación.
- Un Técnico Municipal.
- Un representante del Comité de Empresa del Ayuntamiento.
Secretario: Un funcionario o trabajador de la Corporación.

Los miembros del Tribunal Calificador estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases.

Azuqueca de Henares, 29 de septiembre de 2003

El Alcalde,


Fdo.: Florentino García Bonilla.

Impreso de inscripción